Dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de diciembre de cada año, el
ayuntamiento se constituirá solemnemente en cabildo, a efecto de que el presidente municipal
rinda un informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la administración
pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio.
Dicho informe se publicará en la página oficial, en la Gaceta Municipal y en los estrados de la
Secretaría del ayuntamiento para su consulta.